Es una de las preguntas que más se repiten y una de las que peor se resuelve en la práctica: quiero poner el coche a nombre de mi hijo, de mi pareja o de mi hermano, ¿lo dono o se lo vendo por 1 €? Casi siempre gana la segunda idea, porque parece más sencilla y más barata. Y casi siempre es la que acaba costando dinero.
La confusión tiene una raíz concreta: se piensa que el impuesto se calcula sobre el precio que ponen las partes en el contrato. No es así. Esta guía explica qué se paga en cada camino, por qué el precio simbólico no engaña a Hacienda y cuál conviene según el caso.
Son dos impuestos distintos, no dos formas del mismo
Aquí está el error de partida. Vender y donar no son dos maneras de hacer el mismo trámite: tributan por impuestos diferentes, los paga gente diferente y los gestionan comunidades diferentes.
- Si lo vendes: es el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), el modelo 620. Lo paga el comprador, y lo gestiona la comunidad donde este resida.
- Si lo donas: es el ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), modelo 651. Lo paga quien recibe el coche, y lo gestiona la comunidad donde resida esa persona, no donde viva quien lo regala.
No se elige entre uno y otro por conveniencia: el impuesto lo determina la naturaleza de la operación. Si hay dinero de por medio es una compraventa; si no lo hay, es una donación. Una donación disfrazada de venta sigue siendo una donación.
Por qué vender por 1 € no funciona
Este es el punto que conviene entender bien, porque es donde se pierde el dinero.
La base imponible del ITP no es el precio que figura en el contrato: es el valor del vehículo. Para los coches usados, la Administración parte de unas tablas oficiales que se publican cada año en el BOE, con el valor según marca, modelo y antigüedad. Puedes escribir 1 € en el contrato, pero Hacienda liquidará sobre la tabla.
Es decir: el precio simbólico no reduce el impuesto. Lo único que puede provocar es que la autoliquidación salga por debajo de lo que corresponde y que llegue después una comprobación de valores, con la liquidación de la diferencia y sus intereses de demora. Se paga lo mismo, más tarde y con recargo.
Si quieres ver de dónde sale esa cifra antes de decidir nada, tienes el detalle en la tabla de valor venal por antigüedad y puedes hacer el cálculo directamente con la calculadora de ITP.
Entonces, ¿sale mejor donar?
En familia directa, muy a menudo sí, y el motivo no es evidente: la mayoría de comunidades aplican bonificaciones muy altas en el ISD entre parientes en línea recta (padres, hijos, cónyuge), que en varias llegan al 99 %. Con esa bonificación, el impuesto por donar un coche se queda en una cantidad muy pequeña o prácticamente en nada.
Fuera de ese círculo la cosa cambia. Entre hermanos, sobrinos, primos o personas sin parentesco, las bonificaciones son mucho menores o no existen, y el ISD puede salir bastante más caro que el ITP de una compraventa normal. El parentesco es el factor que decide, junto con la comunidad de quien recibe el coche.
Por eso no hay una respuesta única. Lo que sí se puede afirmar sin matices es lo anterior: falsear el precio no es una de las opciones.
El detalle que más trámites bloquea: hay que presentarlo aunque salga cero
Este es el punto donde se atasca mucha gente que ya lo había hecho todo bien.
Que la bonificación deje la cuota en 0 € no significa que no haya que presentar nada. El modelo 651 hay que presentarlo igualmente, porque la DGT exige el justificante de haber liquidado el impuesto para inscribir el cambio de titularidad. Sin ese papel, el trámite no avanza, por mucho que no hubiera nada que pagar.
Es exactamente el mismo principio que en una herencia, donde el impuesto es el modelo 650 y el trámite tiene sus propios plazos; lo tienes explicado en cambio de titularidad por herencia.
Qué documentación hace falta para donar
Además del modelo 651 presentado, para el cambio de titularidad en la DGT necesitarás lo habitual del expediente:
- Documento de la donación (basta documento privado; no hace falta escritura para un vehículo).
- Permiso de circulación y ficha técnica (ITV en vigor).
- DNI o NIE de quien dona y de quien recibe.
- Justificante de presentación del 651, aunque la cuota sea cero.
Cómo decidir, en tres preguntas
- ¿Hay dinero de verdad? Si lo hay, es compraventa y no hay nada que decidir: ITP sobre el valor de tablas.
- ¿Qué parentesco hay? En línea recta (padres, hijos, cónyuge), la donación suele salir muy bien. Fuera de ahí, compara antes.
- ¿Dónde reside quien recibe el coche? Es su comunidad la que fija las bonificaciones del ISD, no la de quien lo entrega.
Con esas tres respuestas, la decisión suele caer sola. Si no la tienes clara, o si el caso se sale de lo corriente, lo sensato es contrastarlo antes de firmar nada: rehacer una autoliquidación mal presentada cuesta más tiempo que consultarlo.
Nosotros lo tramitamos
En el cambio de titularidad puedes indicar si la adquisición es por compraventa, donación, herencia u otro supuesto, y el expediente se prepara con lo que corresponde a cada caso. Si además necesitas el contrato, tienes la utilidad de contrato de compraventa.
Esta guía es informativa y describe el funcionamiento general del impuesto. Las bonificaciones del ISD cambian de una comunidad a otra y se revisan con frecuencia: para un caso concreto conviene confirmar la normativa vigente en la comunidad de quien recibe el vehículo.